viernes, 18 de marzo de 2011

Toda colegiación compulsoria podría ser inconstitucional

El Tribunal Supremo cuestiona la validez de ese requisito en algunas profesiones

El Tribunal Supremo se expresó hoy sobre la inconstitucionalidad de las colegiaciones compulsorias, salvo en los casos que se demuestre que hay un “interés apremiante del Estado”.

"La colegiación voluntaria tampoco está en tensión con el derecho constitucional a la libertad de asociación. Por el contrario, es la colegiación compulsoria de una clase profesional la que crea una fricción inevitable con la libertad de asociación de los afectados”, reza la resolución del alto foro.

"Esa limitación significativa de la libertad de no asociación es constitucional solamente si el Estado demuestra un interés apremiante que la hace necesaria”, agrega la resolución de votación mayoritaria.

Estas declaraciones sobre la inconstitucionalidad de las colegiaciones compulsorias en Puerto Rico están contenidas en la resolución en la que el alto declaró no ha lugar la petición del Colegio de Abogados para que el Supremo revoque la decisión del Tribunal de Apelaciones que avaló la eliminación de la colegiación compulsoria de los letrados.

Asimismo, la decisión del Supremo agrega que no es necesario que el alto foro intervenga en esta impugnación del Colegio de Abogados porque las leyes aprobadas en contra de la colegiación compulsoria son válidas.

La resolución está avalada por los cuatro jueces nombrados por el gobernador Luis Fortuño. Los tres jueces designados por gobernantes populares votaron en contra.

Noticia de Daniel Rivera Vargas para El Nuevo Día (17 de marzo de 2011)

No hay comentarios: